Por comunicación pública de obras administradas por SAYCE, pagarán anualmente de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa según categoría (TSC) x Salario Básico Unificado (SBU) x Número de establecimientos:
Al cumplir con el pago de la licencia, el usuario puede realizar la comunicación pública de obras musicales a través de cualquier tipo de dispositivos o medios conocidos o por conocerse (radio, televisores, computadores, plataformas digitales, etc.) y presentaciones en vivo, siempre y cuando el valor del ingreso, precio de entrada, cover, consumo mínimo u otro, no varíe del precio habitual, caso contrario se cobrarán de acuerdo a la tarifa establecida para Espectáculos Públicos según corresponda.
Dichas presentaciones deberán ser reportadas a SAYCE indicando los artistas o intérpretes a presentarse y el repertorio.
Se otorgará un descuento del 10% en este tipo de establecimientos, cuando realicen como mínimo dos presentaciones artísticas al año.
Por comunicación pública de obras administradas por SAYCE, pagarán anualmente de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa según categoría (TSC) x Salario Básico Unificado (SBU) x Número de establecimientos.
Al cumplir con el pago de la licencia, el usuario puede realizar la comunicación pública de obras musicales a través de cualquier tipo de dispositivos o medios conocidos o por conocerse (radio, televisores, computadores, plataformas digitales, etc.) y presentaciones en vivo, siempre y cuando el valor del ingreso, precio de entrada, cover, consumo mínimo u otro, no varíe del precio habitual, caso contrario se cobrarán de acuerdo a la tarifa establecida para Espectáculos Públicos según corresponda.
Dichas presentaciones deberán ser reportadas a SAYCE indicando los artistas o intérpretes a presentarse y el repertorio.
Por comunicación pública de obras administradas por SAYCE pagarán anualmente de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa según categoría (TSC) x Salario Básico Unificado (SBU) x Número de Salas.
Este pago no incluye las presentaciones de artistas en vivo, las cuales se cobrarán de acuerdo a la tarifa establecida para Espectáculos Públicos según corresponda. Dichas presentaciones deberán ser reportadas a SAYCE indicando los artistas o intérpretes a presentarse y el repertorio.
Por la comunicación pública de las obras musicales contenidas en las obras audiovisuales administradas por SAYCE, pagarán anualmente el equivalente a 1,5 Salarios Básicos Unificados (SBU) por cada sala y/o zona de aparcamiento.
Este pago no incluye las presentaciones de artistas en vivo, las cuales se cobrarán de acuerdo a la tarifa establecida para Espectáculos Públicos según corresponda. Dichas presentaciones deberán ser reportadas a SAYCE indicando los artistas o intérpretes a presentarse y el repertorio.
Por comunicación pública de obras administradas por SAYCE pagarán anualmente de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa según categoría (TSC) x Salario Básico Unificado (SBU) x Número de establecimientos:
Este pago no incluye las presentaciones de artistas en vivo, las cuales se cobrarán de acuerdo a la tarifa establecida para Espectáculos Públicos según corresponda. Dichas presentaciones deberán ser reportadas a SAYCE indicando los artistas o intérpretes a presentarse y el repertorio.
Para conocer más:
Acerca de los tipos de tarifas y sus costos puedes visitar: Segundo Suplemento Nº 194 – Registro Oficial