Con la proliferación de la Inteligencia Artificial (IA), se debe respetar a los artistas, creadores e intérpretes, proteger la creatividad humana, mantener sólidos los principios de los derechos de autor y desarrollar y aplicar prácticas justas de concesión de licencias. Al mismo tiempo, deben adoptarse soluciones globales para garantizar que las empresas de IA remuneren a los artistas, intérpretes y creadores humanos cuyas obras son explotadas.
El avance de la IA ha sido rápido y sin precedentes. En todo el mundo, los gobiernos reconocen la magnitud y las posibles repercusiones del uso de la IA en nuestra vida cotidiana , por lo que han dado prioridad a las medidas destinadas a salvaguardar los intereses del público en general, a la vez que tratan de preservar la innovación y el progreso tecnológico.
El sector cultural y la comunidad creativa internacional estarán entre los más afectados por el desarrollo desenfrenado y el uso abierto de modelos generativos de IA. Los responsables políticos de todo el mundo han escuchado a artistas, creadores e intérpretes cuyas obras se están utilizando para entrenar la IA sin su autorización, remuneración o incluso reconocimiento, a menudo bajo la apariencia de «investigación». Además, existe un malestar social generalizado en torno a las obras generadas por IA y al engaño que supone hacerlas pasar por obras de creatividad humana.
El sector cultural y la comunidad creativa internacional reconocen que hay una serie de fines útiles e importantes a los que se está aplicando actualmente la IA en general. Sin embargo, en el caso de la IA generativa, existe una necesidad clara y urgente de que los responsables políticos de todo el mundo tomen medidas, adapten y mejoren los regímenes reguladores actuales. Es imperativo que el sector cultural y la comunidad creativa internacional estén presentes en los debates políticos para garantizar que sus intereses se tengan en cuenta y que los sistemas de IA sean transparentes, éticos, justos y legales.
Las organizaciones abajo firmantes, que representan a más de 6 millones de creadores, intérpretes y editores de todo el mundo, hacen un llamamiento a los gobiernos y a los responsables políticos para que se comprometan a desarrollar y adoptar políticas y legislaciones coherentes con los siete principios siguientes:
1. Se debe defender y proteger los derechos de los creadores e intérpretes cuando son explotados por sistemas de IA
Los sistemas de IA analizan, raspan y explotan enormes cantidades de datos, normalmente sin autorización. Estos conjuntos de datos consisten en obras y representaciones musicales, literarias, visuales y audiovisuales protegidos por derechos de autor. Esas obras y conjuntos de datos protegidos por derechos de autor tienen un valor y los creadores e intérpretes deben poder autorizar o prohibir la explotación y representación de sus obras y ser compensados por esos usos.
2. Las licencias deben estar activadas y ser compatibles.
Debe haber soluciones de concesión de licencias para todas las posibles explotaciones de obras, representaciones y datos protegidos por derechos de autor por parte de los sistemas de IA. Esto fomentaría los intercambios abiertos entre los innovadores que necesitan los datos y los creadores e intérpretes que desean saber cómo y en qué medida se utilizarán sus obras.
3. Deben evitarse las excepciones para la minería de textos y datos que no prevean la opción de exclusión efectiva (opt-out) por parte de los titulares de derechos
Debe evitarse la introducción de excepciones, incluso para la minería de textos y datos (TDM), que permitan a los sistemas de IA explotar obras y representaciones protegidas por derechos de autor sin autorización o sin remuneración a los mismos. Algunas de las excepciones existentes deben aclararse para aportar seguridad jurídica a los creadores e intérpretes de los datos subyacentes y a los sistemas de IA que deseen beneficiarse de ellos.
4. Los créditos deben ser reconocidos
Los creadores e intérpretes deben tener derecho a obtener reconocimiento y créditos cuando se haya explotado sus obras por sistemas de IA.
5. Deben aplicarse obligaciones de transparencia para garantizar prácticas de IA más justas
Deben aplicarse las obligaciones legales relativas a la divulgación de información. Éstas deben cubrir (i) la divulgación de información sobre el uso de obras y representaciones creativas por parte de los sistemas de IA, de manera suficiente para permitir la trazabilidad y la concesión de licencias (ii) la identificación de las obras y representaciones creadas por los sistemas de IA, como tales. Esto garantizará un enfoque justo para los creadores, intérpretes y consumidores de contenidos creativos.
6. Responsabilidad jurídica de los operadores de IA
También deberían existir requisitos legales y una rendición de cuentas efectiva para que las empresas de IA mantengan los registros pertinentes. Los operadores de IA también deben rendir cuentas de forma efectiva por las actividades y resultados que vulneren los derechos de los creadores, intérpretes y titulares de derechos.
7. La IA es sólo un instrumento al servicio de la creatividad humana, y los planteamientos jurídicos internacionales deberían reforzarlo
Los modelos de IA deben considerarse simplemente como un instrumento al servicio de la creatividad humana. Aunque existe un espectro de posibles niveles de interacción entre los humanos y la IA que hay que tener en cuenta a la hora de definir el carácter protegible de las obras y representaciones, los responsables políticos deberán dejar claro que las obras generadas por IA totalmente autónomas no pueden beneficiarse del mismo nivel de protección que las obras creadas por humanos. Este tema debería ser una prioridad urgente y las discusiones a nivel mundial deben iniciarse con urgencia