Tarifas
Sayce
Conoce a detalle como son las tarifas de la Sociedad de autores y compositores
En el año 2022, el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales, SENADI, aprobó la actualización de tarifas de las Sociedades de Gestión Colectiva debidamente autorizadas en el país.
Con fecha 22 de noviembre del 2022, se publican las tarifas aprobadas de SAYCE a través del Registro Oficial Segundo Suplemento Nº 194, el cual entra en vigencia a partir del año 2023.
El artículo 251 del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación determina la obligación legal de establecer tarifas, mismas que están sujetas a la autorización del ente regulador de la propiedad intelectual que es el SENADI.
Art. 251.- De las tarifas.- Las sociedades de gestión colectiva establecerán tarifas razonables, equitativas y proporcionales por el uso de las obras, interpretaciones o ejecuciones, emisiones o fonogramas comprendidas en sus respectivos repertorios.
Las tarifas establecidas estarán sujetas a la autorización de la autoridad nacional competente en materia de derechos intelectuales, la que previamente recabará o solicitará los antecedentes fácticos y técnicos que las justifiquen, así como al cumplimiento de los requisitos formales establecidos en este Código, el reglamento respectivo y los estatutos de la sociedad.
Una vez autorizadas, las tarifas serán publicadas en el Registro Oficial y en un diario de amplia circulación nacional por disposición de la autoridad nacional competente en materia de derechos intelectuales.
La autoridad nacional competente en materia de derechos intelectuales, verificará que las tarifas establezcan un régimen especial y diferenciado, para transmisiones de medios comunitarios, en consideración de criterios tales como la cobertura y la densidad poblacional.