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Tarifas por reproducción

29.- PRODUCTORES, ARTISTAS, AUTORES, ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS Y DEMÁS USUARIOS DE LA MÚSICA QUE REQUIERAN GRABAR UNA O VARIAS OBRAS PREEXISTENTES EN UN CD ROOM SIN QUE ESTAS SUFRAN MODIFICACIONES QUE ATENTEN CONTRA LOS DERECHOS MORALES DE LOS AUTORES Y COMPOSITORES.

Tarifa regular

Por reproducción y distribución de obras musicales administradas por SAYCE, abonarán el resultado de multiplicar: ((Precio de Venta al Público de cada disco sin IVA x el 7%) x Número de Discos). Esta tarifa aplicará hasta un máximo de 12 obras por disco.

Si el disco excediera las 12 obras, el valor a cancelar por cada obra adicional se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: ((Precio de Venta al Público de cada disco sin IVA x el 7% / 12) x Número de Discos).

El número de discos mínimos a licenciar bajo esta tarifa será de 500 discos.

Tarifa mínima

La tarifa mínima a cancelar por cada disco será de 0,50 ctvs., misma que será aplicable cuando luego de realizar el cálculo indicado en el párrafo anterior, el resultado sea menor al mínimo establecido y en los casos en que los discos no estén disponibles para la venta; aplicando la fórmula de la siguiente manera: (0,50 x Número de Discos).

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