Publicado en el Registro Oficial No. 653 del lunes, 5 de marzo de 2012.
Extracto de la Resolución No 001- 2012- DNDA Y DC.
LA SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y COMPOSITORES ECUATORIANOS SAYCE.
Considerando:
Que de conformidad con el Art. 116 de la Ley de Propiedad intelectual, corresponde a las sociedades de gestión colectiva establecer las tarifas relativas a las licencias de uso sobre las obras o producciones que conformen su repertorio;
Resuelve:
Art. 1.- Expedir el siguiente pliego tarifario que con carácter obligatorio establece, como derechos económicos por derecho de autor, la cuantía mínima legal a pagarse por la explotación de obras que conforman su repertorio: